Biocidas: BPR (Reg. EU 528/2012), RD 3349/83
BPR
IUCLID, SPC, R4BP3: Sustancias Activas, Productos
RD 3349
- R4BP 3: Alta y gestión en el portal R4BP3, vinculado a la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Productos Químicos), necesario para el registro de productos biocides según BPR o Reglamento (EU) 528/2012 sobre la comercialización de biocidas.
- BPR: Registro de productos biocidas fabricados o importados en la Unión Europea, a través del portal R4BP3 y mediante el programa informático oficial de la ECHA, IUCLID 6.
- REGISTRO NACIONAL TRANSITORIO: Registro de productos biocidas dentro del estado español durante el periodo transitorio, según el RD 3349/83, a través del Ministerio de Sanidad.
- ROESP (ROESB): Alta de la empresa en el ROESP (o ROESB), requerimiento imprescindible para poder comercializar productos biocidas.
- FORMULACIÓN BIOCIDAS: Asesoría en la elección de sustancias activas biocidas, según el nuevo Reglamento BPR.
- ETIQUETADO BIOCIDAS: Asesoría para el correcto etiquetado de los productos biocidas.